Motores de combustión interna en maquinaria móvil no de carretera

Maquinas móviles no de carretera

Normativa actual e impacto en el sector

 

La industria de fabricación de motores de combustión interna ha tenido en los últimos años que hacer un gran esfuerzo de adaptación para poder cumplir con las normativas marco sobre emisiones contaminantes que se han ido desarrollando.

Europa en especial ha sido un vivero de nuevas propuestas y normativas dirigidas a preservar el medio ambiente.

Ha habido una en concreto que ha afectado al sector de las máquinas móviles no de carretera con motores de combustión interna de la que vamos a hablar hoy con el objetivo de clarificar exactamente en qué nos afecta a todas aquellas empresas relacionadas de algún modo con este ámbito.

Se trata del Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo en el que se establecen los límites de emisión para gases y partículas contaminantes y los requisitos administrativos y técnicos para la homologación en la UE.

Con la entrada de este reglamento se derogó la Directiva 97/68/CE que regía hasta dicha fecha.

Entró en vigor el primero de enero de 2017 y constituye el marco en el que se han desarrollado otras normas:

  • Reglamento Delegado (UE) 2017/654.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/655.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/656.

Explicaremos su objetivo y cómo atañen en cuanto a obligaciones para fabricantes, importadores y distribuidores de motores para cumplir los límites de la llamada Fase V.

Principales novedades principales que establece el reglamento

  • Se aplica a todos los estados miembros de la UE.
  • Se incluyen:
    • Los motores de encendido por compresión de menos de 19 kW y más de 560 kW.
    • Los motores de encendido por chispa con más de 19 kW de potencia.
  • La norma es igual para motores de régimen constante y variable.
  • Las nuevas obligaciones afectan a raíz de esta norma a importadores, distribuidores y fabricantes.

Requerimientos para fabricantes

Se establecen las siguientes obligaciones para fabricantes:

  • Asegurarse de que sus motores estén homologados tanto si son nuevos como si son modificados y cambian de categoría.
  • Indicar el nombre del motor, el nombre comercial registrado o marca registrada y su dirección de contacto en la Unión.
  • Asegurar las condiciones de almacenamiento y transporte.
  • Conservación durante 10 años del certificado de homologación de tipo UE con sus anexos para su disposición a las autoridades.
  • Los fabricantes establecidos fuera de la UE nombrarán a un representante dentro de la misma para que les represente en sus relaciones con la autoridad de homologación y vigilancia.

Otros aspectos de la norma

Respecto a las máquinas usadas importadas a la UE y los motores que vayan a instalarse en máquinas para exportar la normativa marca también una serie de pautas.

Para las primeras se estipula que tienen que cumplir el reglamento (el motor debe cumplir la fase V).

Y para los motores exportables, estos no están sujetos a la norma pero en el marcado reglamentario se tiene que hacer constar que su uso no se va a realizar dentro del ámbito de la Unión.

Versatilidad de los grupos electrógenos duales en el alquiler de energía en puertos

Carguero en puerto

El uso de los grupos electrógenos duales en los puertos es una tendencia al alza en la actualidad. En el pasado los barcos solían autoabastecerse de energía con motores auxiliares cuando atracaban, pero esta práctica iba acompañada de grandes emisiones contaminantes a la atmósfera. 

Las estrictas normativas sobre contaminación que existen hoy en día a nivel global y los reglamentos que cada país ha ido modificando sobre emisiones contaminantes e impacto acústico han ido modificando los requerimientos que tienen que cumplir los cargueros al llegar al puerto. 

En la actualidad uno de los métodos más sostenibles medioambientalmente hablando para abastecerse de energía los barcos en los puertos es el que ofrecen los grupos electrógenos debido a versatilidad en cuanto al uso de combustibles y capacidad de insonorización. Gracias a esta solución los barcos pueden apagar sus motores auxiliares (que se suelen alimentar con combustibles pesados) y realizar sus operaciones de rutina abasteciéndose con la energía que originan los grupos electrógenos existentes en los muelles. 

El problema aquí surge a la hora de suministrar energía a todos los barcos sea cual sea su origen porque dependiendo del país del que provengan sus equipos están preparados para funcionar a 50 o a 60 Hz

La dualidad de frecuencia electromagnética según las áreas de influencia

Desde la Revolución Industrial hasta nuestros días se han desarrollado dos formas diferentes de transportar la energía. Así, en Europa y sus países de influencia técnica se estableció la norma de los 50 Hz de frecuencia electromagnética para la distribución de electricidad, mientras que en Estados Unidos y su área de predominio fueron 60 Hz. Y así sigue siendo en nuestros días.

Debido a la particularidad especialmente internacional de los puertos, esta característica supone una limitación a la hora de colocar elementos de producción de energía para abastecer a buques provenientes de cualquier parte del mundo. Pero la industria ha encontrado una solución idónea para este problema que, además, aporta muchas otras ventajas frente a otros métodos. Estamos hablando de los grupos electrógenos duales.

Grupos electrógenos duales de 50-60 Hz como solución a las restricciones de emisiones contaminantes en puertos

Son equipos versátiles que ofrecen multitud de ventajas. Entre ellas las siguientes:

  •       La dualidad de frecuencia y voltaje permite abastecer a cualquier tipo de buque, venga de donde venga.
  •       Son fáciles de instalar e incluso pueden ser móviles de modo que se puedan transportar de un lugar a otro del puerto para cubrir las necesidades de generación de energía para diferentes barcos atracados en sitios distintos.
  •       Pueden garantizar mucha potencia en un menor espacio y sus costes de operación y mantenimiento son muy ajustados.
  •       Pueden funcionar con combustibles no pesados y tener motores con emisiones contaminantes mucho más bajas.
  •       La posibilidad de que sean insonorizados es una gran ventaja en cuanto a las emisiones de ruidos.

En definitiva, un grupo electrógeno dual de 50-60 Hz y diferentes voltajes es una gran solución para dar servicio integral de energía a los cargueros de todas partes del mundo que llegan a los puertos. 

Cómo afecta la norma IMOIII a la industria marítima y a los sectores transversales

Carguero

La nueva regulación marítima IMOIII, que entró en vigor en 2020, ha supuesto un cambio drástico en la industria del transporte marítimo.

La nueva norma no solo ha afectado a las navieras, sino que ha salpicado de forma transversal a todos los agentes que de un modo u otro tienen una implicación en el sector.

¿Qué se quiere conseguir con esa norma y cómo afecta a la industria naviera?

La IMO 2020 es una regulación establecida en pro del medioambiente por la Organización Marítima Internacional (OMI). Su objetivo final es el de reducir las emisiones de óxido de azufre que generan los buques. En concreto se pretende que estas bajen hasta el 0,5% masa/masa.

Regular la normativa marítima en ese sentido es complicado porque implica acuerdos entre países y a toda el área de aguas internacionales. Con el fin de facilitar el camino se firmó hace casi cinco décadas el convenio MARPOL, en el que hoy en día participan 155 países y bajo cuyo marco se han ido desarrollando las normas de limitación de las emisiones tóxicas de los buques.

Hasta 2020 solo había unas zonas, las zonas ECA (Emission Control Areas) en las que se limitaba el tráfico de los barcos que superaran la emisión del 0,1% (límite incluso por debajo de lo que se ha establecido ahora con la nueva normativa). De este modo había varías áreas en el océano que estaban controladas:

  • Mar Báltico.
  • Mar del Norte.
  • Zona de Norteamérica.
  • Zona del mar Caribe de los Estados Unidos.

Desde el año pasado, con la IMOIII, además de esta restricción se exige que cualquier buque que opera fuera de estas zonas observe también un límite del 0,5% de emisiones, que hasta ese momento era del 3,5%.

Este cambio ha supuesto la revisión y adaptación de todos los buques que hasta el momento tenían sus rutas fuera de las zonas ECA y que no cumplían con el nuevo límite y consumían fueloil pesado. La industria ha buscado alternativas como el uso del gas natural licuado (LNG), los combustibles bajos en azufre (LSF) o la inclusión de depuradores en el sistema  al fueloil pesado

En Transdiesel, como distribuidores de motores marinos, contamos con una gama de motores de la marca General Electric Transportation diseñados para cumplir con la nueva normativa sin necesidad de hacer post tratamiento. Es una solución exclusiva entre cuyos beneficios están además: el ahorro en volumen, costes de fabricación, mantenimiento e instalación.

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